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29 de junio de 2009

Tribuna

Las Libertades
Por: Iván Orozco
Una persona que goza de los derechos legalmente reconocidos y está sujeta a los correspondientes deberes es una persona “libre”. Difícil de encontrar un valor, después de la vida misma, al que los seres humanos le demos tanta importancia, la Libertad.
Nuestra Constitución Política Federal, en su parte dogmática, contempla una serie de derechos y libertades a favor de los ciudadanos mexicanos y de cualquier otro que aún sin serlo se encuentre en territorio nacional… y es esencial recordar que en nuestro sistema jurídico mexicano la Constitución Federal es la Ley Máxima de la Nación, sobre la cual no puede estar ninguna otra ley u ordenamiento, sea federal o local, de ahí que se le denomine también Carta Magna.
El pasado 17 de Junio, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió en definitiva el asunto que mantenía, desde hace casi cuatro años, sujeto a proceso penal al director de este medio informativo, Jesús Orozco Herrera. La resolución ordena su absolución plena, amparándolo y declarándolo inocente de los delitos que se le imputaban a raíz de acusaciones formuladas por parte de un ex presidente municipal de este lugar, motivadas por el contenido de una nota periodística publicada en este medio informativo.
Según palabras de algunos ministros de la Suprema Corte, se trató de lo que desde ahora llamaron “una de las resoluciones más importantes del año”, dada su importancia y trascendencia en el escenario nacional.
La sentencia, redactada por el Ministro José Ramón Cossío integra una serie de consideraciones y criterios de avanzada en este tema. Acota o limita los derechos a la privacidad, al honor y a la intimidad de políticos y servidores públicos, dado el papel que han decidido jugar en la sociedad y que conlleva un escrutinio público intenso de su actuación; asimismo, señala que la Ley de Imprenta del estado de Guanajuato contiene preceptos inconstitucionales, con los que se pretende “criminalizar” en muchos aspectos la labor de los periodistas y promueve la restricción de la libertad de expresión y de las garantías de libertad de imprenta y derecho a la información, consagradas en los artículos 6º y 7º Constitucionales. Desde luego, este asunto defendía primordialmente un interés particular, el de Jesús Orozco Herrera, pero el resultado, a través de la resolución que al mismo ha recaído, benefició directamente a miles y miles de periodistas en nuestro país.

(Versión completa Edición Impresa, 30 de Junio de 2009)

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